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Bonificación en la tasa de recogida de basuras para familias numerosas
Los sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa podrán solicitar la bonificación del 50 % en la cuota íntegra de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos, debiendo presentar la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja.
Transcurrido el plazo de tres meses sin que haya recaído resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo, pudiendo interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes.
Documentación
- Solicitud de bonificación
- Ordenanza Fiscal n.º 5 reguladora de la tasa
Lugar de presentación
Sede Electrónica o Registro General (Plaza Mayor, 1). Horario de atención al público: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
Última actualización: 12/01/2027 - Área de Intervención